Una misma entidad puede ser condenada en costas cuando el consumidor ha reclamado cláusulas abusivas en varios procesos judiciales.
El Tribunal Supremo en Sentencia 4381/2024 del 16/09/2024 permite que una misma entidad financiera sea condenada de forma recurrente en costas cuando el consumidor ha reclamado diferentes cláusulas abusivas de un mismo contrato en varios procesos judiciales. El TS respondía así a un recurso de casación interpuesto por un consumidor sobre las condenas en costas de una sentencia previa.
El recurso de casación se refiere a un caso de 2021 del Juzgado de Primera Instancia nº14 de Vigo que dictó sentencia declarando nulas las cláusulas que imponían al consumidor demandante el abono de los gastos de constitución de un préstamo hipotecario y la comisión de apertura, sin efectos restitutorios (pues estos no fueron solicitados en la demanda) y sin condenar en costas a la entidad, por entender que había existido una estimación parcial. Algunos tribunales determinaban que las reclamaciones paralelas suponía actuar de un modo fraudulento, por lo que si consideraba nula una cláusula, pero no se condenaba al banco a devolver importes, estimaba parcialmente sin costas.
Tras ser recurrida la citada sentencia se apeló y la Audiencia Provincial de Pontevedra confirmó el pronunciamiento de la Instancia. Por último, fue el TS quien dio la razón al consumidor, obligando a la entidad bancaria a pagar las costas y creando así jurisprudencia.
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